PROTOCOLO PARA LA SELECCIÓN DE DONANTES Y COLABORADORES

 

OBJETO

 

Determinar que personas o entidades pueden colaborar con Adipa.

          

OBJETIVO

 

  • Establecer las condiciones previas que deben cumplir los posibles colaboradores.
  • Determinar la manera en la que se realizará dicha colaboración.
  • Definir nuestra política de uso de la imagen.

 

ALCANCE

 

Este protocolo va dirigido a la Entidad en general.

 

RESPONSABLE

 

  Gerencia.

 

PROCEDIMIENTOS

 

1. SELECCIÓN DE COLABORADORES

 

1.- Todas las empresas colaboradoras deberán respetar los derechos humanos, así como las normas internacionales de trabajo.

2.- Todas las empresas colaboradoras serán respetuosas con el medio ambiente, cumpliendo la legislación tanto del país en el que desarrollen sus actividades como a nivel internacional.

3.- Se valorará positivamente a aquellas empresas que respeten la dignidad de las personas con discapacidad y en las que se constate la ausencia de conductas excluyentes o discriminatorias con las personas con discapacidad.

4.- No se realizarán colaboraciones con empresas incursas en procedimientos penales.

5.- Se evitarán colaboraciones con empresas que generen exclusión social o que no cumplan con las leyes de integración.

6.- Todos los acuerdos con empresas se formalizarán en convenios en los que figure por escrito el objeto de la colaboración y las cláusulas de la misma.

7.- Salvo acuerdo mutuo expreso entre las partes no se cederá a la empresa el uso del logotipo de la entidad. En caso de que exista cesión de logo, figurará por escrito y no será confidencial.

 

Aprobado en Junta Directiva en reunión de 19-06-17